Análisis de la Ley No 31814 y el DS 115-2025-PCM: ¿Cómo impacta la regulación de la IA en las empresas en Perú?

El despliegue global de la Inteligencia Artificial no es solo un fenómeno de transformación tecnológica; es un desafío sin precedentes para los marcos jurídicos y normativos de cada país. En el Perú, la promulgación de la Ley No 31814 y su posterior reglamentación a través del Decreto Supremo No 115-2025-PCM sientan las bases formales para normar el desarrollo, adopción y uso ético de la IA en el territorio nacional.

Para quienes lideramos iniciativas de innovación, tecnología o compliance en el país, entender este marco normativo no es una opción, sino una necesidad operativa. A continuación, analizo los aspectos centrales de la norma, los requisitos técnicos para los sistemas de alto riesgo y abordo una reflexión indispensable: ¿se debe regular antes que promover en un ecosistema incipiente como el peruano?

1. Objeto e Interés Nacional: El equilibrio entre innovación y Derechos Humanos

La Ley No 31814 establece como su eje matriz el fomento de la IA en favor del desarrollo económico y social del Perú, asegurando que la tecnología sitúe en el centro la protección estricta la dignidad y los derechos fundamentales de la persona.

Para aterrizar este mandato, la ley declara de interés nacional la transformación digital y prioriza la aplicación de la IA en cuatro sectores críticos de nuestra sociedad:

  • Salud: Optimización del triaje, diagnósticos asistidos y procesamiento masivo de datos para reducir las brechas del sistema público (MINSA y EsSalud).

  • Educación: Personalización del aprendizaje, cobertura digital en zonas rurales e impulso de competencias en ciencia y tecnología.

  • Justicia: Digitalización y automatización de procesos administrativos para acelerar la carga procesal y mejorar la transparencia.

  • Ciberseguridad: Protección preventiva de la infraestructura crítica del país e identificación temprana de amenazas informáticas.

2. Los Seis Principios Rectores

Principio

Enfoque y aplicación práctica

1. Enfoque de riesgos

Exige la evaluación y clasificación técnica previa, para aplicar mitigaciones proporcionales según el nivel de impacto de la solución.

2. Ética

Obliga a la adopción de lineamientos orientados a la transparencia, explicación, duración y trazabilidad.

3. Privacidad

Garantiza el estricto cumplimiento del marco de protección de datos personales en el entrenamiento y ejecución de algoritmos.

4. Pluralidad

Fomenta la diversidad cultural y lingüística del Perú, previniendo sesgos discriminatorios que afecten a los peruanos.

5. Gobernanza

Establece reglas de interacción entre el sector público, el sector privado, la academia y la cooperación internacional.

6. Sociedad digital

Promueve la alfabetización digital para que la automatización no incremente la pobreza.

3. Gobernanza, Supervisión e Exigencias del Reglamento (DS 115-2025-PCM)

El reglamento concreta las intenciones de la ley en obligaciones corporativas e institucionales específicas.

La Autoridad Nacional y la Rendición de Cuentas

La Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), a través de la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital (SGTD), asume la rectoría en materia de IA. Dentro de sus responsabilidades claves destacan:

  • Informe Anual ante el Congreso: La SGTD rinde cuentas de manera ordinaria sobre los avances del ecosistema de IA y la Política Nacional de Transformación Digital.
  • Reportes de Seguridad: Ante eventuales incidentes o amenazas graves a la ciberseguridad nacional, la norma establece un canal directo para informar a la Comisión de Inteligencia del Congreso.

Clasificación y Requisitos para Sistemas de "Alto Riesgo"

El DS 115-2025-PCM introduce una clasificación basada en riesgos y fija exigencias para áreas sensibles, tales como la evaluación del riesgo crediticio, sistemas de selección de personal y recursos humanos, salud, infraestructura crítica e identificación biométrica.

Las organizaciones que desarrollen o adopten soluciones clasificadas en esta categoría deben cumplir con:

  1. Evaluaciones de Impacto Algorítmico (EIA): Documentación previa de la finalidad, conjuntos de datos (datasets) de entrenamiento y matriz de mitigación de daños.
  2. Registro Nacional: Obligación de inscribir los sistemas de alto riesgo ante la SGTD-PCM.
  3. Supervisión Humana (Human-in-the-loop): Garantizar que toda decisión automatizada de alto impacto pueda ser auditada, revisada o frenada por un ser humano calificado.
  4. Trazabilidad y Registros (Logs): Mantenimiento de bitácoras técnicas que permitan auditar el razonamiento algorítmico ante requerimientos normativos. 

Opinión: ¿Promover o Regular? El Dilema del Ecosistema Peruano

Ante el despliegue de estas normas, surge una interrogante inevitable para la realidad nacional: ¿Es conveniente sobreregular una tecnología cuando en el Perú son muy pocas las empresas dedicadas al desarrollo directo de IA?

En el Perú, la inmensa mayoría de las organizaciones no desarrolla modelos base (como un LLM propio), sino que integra o consume servicios tecnológicos extranjeros para optimizar procesos en banca, retail, minería o agroindustria. Imponer requerimientos administrativos rigurosos, costos de compliance elevados o auditorías exhaustivas a pequeñas empresas e innovadores corre el riesgo de generar un "efecto paralizador" en el ecosistema emprendedor.

Las tres claves para un equilibrio real:

  1. Promoción activa antes que sanción: El país necesita con urgencia Sandboxes Regulatorios (entornos de prueba controlados), beneficios tributarios para I+D local e infraestructura de datos abiertos para que las empresas peruanas puedan crear valor antes de enfrentarse a exigencias desproporcionadas.
  2. Proporcionalidad por tamaño y capacidad: No se puede exigir el mismo nivel de gobernanza y auditoría a una fintech o startup local de cinco personas que a un grupo bancario multinacional. La aplicación de las Evaluaciones de Impacto debe graduarse con sentido de realidad.
  3. Regulación enfocada únicamente en el impacto directo: La regulación restrictiva debe acotarse exclusivamente a los casos de uso donde realmente se pongan en riesgo los derechos fundamentales. Todo lo demás (asistentes de productividad, automatización operativa interna, herramientas creativas) debe contar con el mayor margen de libertad para impulsar la competitividad.

La Ley N° 31814 y el DS 115-2025-PCM representan un avance imprescindible para brindarle previsibilidad jurídica al país. Sin embargo, su éxito no dependerá de cuántas restricciones imponga, sino de la capacidad de la Autoridad Nacional para acompañar la fiscalización con políticas públicas reales de incentivo, capacitación e inversión en el talento peruano.






 

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